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SCJN endurece criterio sobre la pensión alimenticia

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La pensión alimenticia obligatoria SCJN fue ratificada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que determinó que el pago no puede cancelarse, aun cuando el menor haya sido registrado legalmente a nombre de otra persona. La decisión fue unánime y refuerza el interés superior de la niñez por encima de cualquier formalismo legal.

El Pleno tomó la decisión por unanimidad. Con ello, cerró la puerta a estrategias legales que buscan evadir la responsabilidad parental mediante actos formales de filiación. La Corte dejó claro que el interés superior de la niñez prevalece sobre cualquier registro civil.

El conflicto legal que marcó el precedente

El caso se originó en Guanajuato. La madre de una menor promovió un juicio familiar para exigir el reconocimiento de paternidad, el pago de alimentos retroactivos y una pensión alimenticia. Aunque la niña fue registrada con los apellidos maternos, el abuelo materno la reconoció como hija y cubrió su manutención.

En primera instancia, un juez ordenó al padre biológico pagar la pensión. Sin embargo, lo absolvió del pago retroactivo. El padre apeló la resolución y una Sala del Tribunal Superior de Justicia del estado modificó la sentencia. El fallo lo obligó a cubrir los alimentos desde el nacimiento.

La Corte fija un criterio definitivo

El padre promovió un amparo directo. Un tribunal federal lo concedió al considerar que el abuelo ya había cumplido con la obligación alimentaria. La hija, ya mayor de edad, impugnó esa resolución. El caso llegó así a la Suprema Corte.

La ministra Sara Irene Herrerías Guerra propuso revocar el amparo. Señaló que el abuelo actuó como red de apoyo, pero no sustituyó la responsabilidad del padre biológico. El Pleno aprobó el proyecto.

Durante la discusión, la ministra Lenia Batres afirmó que el criterio combate prácticas históricas de abandono paterno. En la misma sesión, la Corte resolvió otros casos similares. Todos reforzaron un principio central: la pensión alimenticia es un derecho irrenunciable.

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