CHETUMAL
Partidos políticos deberán ajustar cuotas de candidaturas: IEQROO
Chetumal (Redacción).- El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), dio un plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente documento jurídico, a los partidos que participaran en el Proceso Electoral Local 2024 para que realicen los ajustes con relación a la cuotas de sus candidaturas.
Con ello, las coaliciones denominadas “Fuerza y corazón por Quintana Roo” conformada por los partidos políticos PAN y PRI y “Sigamos haciendo historia en Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos Morena, PT y PVEM; a los partidos PRD; PT; MC; MAS; PVEM; y a la Candidatura Independiente del Municipio de Othón P. Blanco, deben hacer los ajustes necesarios para dar cumplimento con la ley comicial.
En ese sentido, se informó que las candidaturas postuladas para cumplimiento de la acción afirmativa de personas con discapacidad deberán manifestarlo en la solicitud de registro, así como en la carta de aceptación de la candidatura correspondiente.
Para la determinación de la discapacidad, los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes e independientes deberán presentar para el registro de personas con discapacidad, un certificado médico por cada integrante de la fórmula.
Auto adscripción indígena
Este, indican, deberá ser expedido por una institución de salud pública estatal o federal y/o el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Estatal (DIF), la cual será válida, aunque no estén firmadas por algún especialista, donde se haga constar la determinación médica de la existencia de una discapacidad permanente y el tipo de la misma, acorde a los lineamientos establecidos por la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud.
En cuanto a los parámetros para acreditar auto adscripción indígena y la adscripción indígena calificada son; declaración de auto adscripción indígena, mediante la cual la candidatura se auto identifique como una persona perteneciente a un pueblo indígena, en la cual se especificará, de manera enunciativa más no limitativa, lo siguiente:
Pueblo indígena al que pertenece; comunidad indígena a la que representa y con quien sostiene un vínculo comunitario; manera en la que conserva el vínculo con la comunidad indígena; si habla alguna lengua indígena y cuál; así como, desde que fecha habita la comunidad que representa.
Constancia con mínimo dos autoridades
Es importante señalar que la comunidad que se refiera deberá pertenecer al municipio o Distrito por el que sea postulada la candidatura.
Así como, dos o más constancias de adscripción calificada indígena expedidas por diferentes autoridades representativas de la comunidad (ejido/es, municipales y tradicionales) a la que pertenece.
En este caso, el comisariado ejidal; delegada o delegado; subdelegada o subdelegado; personas dignatarias mayas; asamblea General del ejido, dichos requisitos se establecen como resultado de la Consulta Indígena a pueblos y comunidades, indígenas realizadas por IEQROO en el año 2023.
De igual manera podrán presentar una sola constancia, pero deberá ser extendida de manera conjunta por mínimo dos autoridades, por lo que deberá contener los sellos, las firmas, los nombres y los cargos las autoridades que expiden; entre otros requisitos, entre otros requisitos.
Ajustes necesarios
En términos generales, los actores políticos en mención deberán rectificar las solicitudes de registros de las candidaturas, en plena observancia de los principios de no discriminación y de igualdad; respetar el principio de paridad de género; deberán observar en todo momento, el principio de paridad, en sus vertientes vertical, horizontal y transversal.
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Es decir, deberán hacer los ajustes necesarios a efecto de dar cumplimiento a las acciones afirmativas, al detectarse que no se ajustan a las reglas establecidas por este órgano de máxima dirección, por lo que, en plena tutela de los derechos de las personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria se deberán hacer las correcciones pertinentes en cada caso.